Desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), dieron a conocer la ampliación de los créditos que ofrece el organismo para trabajadores y jubilados.
Los Créditos ANSES aumentaron un %150, el monto máximo para jubilados y pensionados que, pasa de $400.000 a $600.000, mientras que, para trabajadores en relación de dependencia, hasta $1.000.000, a partir de esta semana. Este beneficio podría alcanzar a más de 5.400.000 de personas que cumplirían con los requisitos.
La media tiene como objetivo fomentar el consumo, y busca ser una herramienta para aliviar la situación de endeudamiento que atraviesan muchas familias argentinas, quienes al utilizar sus tarjetas de crédito pagan tasas de refinanciación muy altas, las cuales con más costosas que el crédito que lanzo ANSES.
Los trabajadores en relación de dependencia con salarios de hasta $1.980.000 (piso del Impuesto a las Ganancias que rige desde hoy) podrán pedir su préstamo de hasta $1 millón, con una Tasa Nominal Anual (TNA) del 50%, en 24, 36 o 48 cuotas, cuyo monto se depositará en la tarjeta de crédito asociada a la cuenta sueldo del solicitante. La primera cuota se descontará a los tres meses de recibido el préstamo.
Requisitos:
- Residir en la Argentina en forma permanente.
- Tener una antigüedad en tu trabajo no menor a seis meses.
- Ser trabajador en relación de dependencia aportante a la ANSES (SIPA) y que la declaración jurada realizada por tu empleador se corresponda con la actividad, condición, modalidad de contratación y situación del trabajo que realizas. Esto significa que no tenés que estar declarada como trabajador en periodo a prueba, ni tu actividad no debe desempeñarse de manera eventual, discontinua o de temporada. Para verificar lo declarado por tu empleador, ingresar a Mis Aportes en Línea.
- Tu sueldo no debe ser mayor a los $700.875 mensuales.
- Ser titular de una tarjeta de crédito del banco donde cobrás tu sueldo. Esto significa que esta medida no alcanza a tarjetas de crédito no bancarias expedidas por entidades financieras.
- Ser mayor de 18 años y no alcanzar la edad jubilatoria al momento de cancelación total del crédito.
- No superar la situación 2 de la Central de Deudores del BCRA.
- No ser titular de una jubilación o pensión.
- No ser trabajador eventual, discontinuo, de temporada o de casas particulares.



