La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció un refuerzo extraordinario de la Ayuda Escolar Anual para mitigar el impacto económico del inicio del ciclo lectivo en el bolsillo de los padres y tutores.
La medida, oficializada mediante el Decreto 115/2026, establece que en marzo de 2026 se otorgará un refuerzo adicional junto con el pago habitual de la asignación escolar.
El refuerzo consistirá en un monto equivalente a la diferencia entre $85.000 y el valor que resulte de la asignación anual determinada para ese ciclo. Esto busca asegurar que el beneficio no sea inferior al monto fijado como referencia para el año anterior, consolidando un piso de ingresos para los hogares con niños y adolescentes que asisten a establecimientos educativos.
La disposición exceptúa a quienes, por el cálculo usual de la asignación, perciban un importe igual o superior a $85.000, para quienes no corresponderá el cobro del refuerzo adicional. El pago se acreditará de manera automática, junto con el monto de marzo.
El Ministerio de Capital Humano, a través de la Subsecretaría de Seguridad Social, y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), serán responsables de dictar todas las normas operativas y complementarias necesarias para implementar la medida en tiempo y forma.
La Jefatura de Gabinete de Ministros realizará los ajustes presupuestarios pertinentes para garantizar la disponibilidad de recursos durante el proceso de aplicación del refuerzo. La medida busca mantener la capacidad de respuesta del Estado frente al incremento de los costos asociados al regreso a clases y fortalecer el acompañamiento a las familias en un momento de especial exigencia presupuestaria.
La Ayuda Escolar Anual es una prestación económica dirigida a trabajadores en relación de dependencia, beneficiarios de regímenes previsionales, personas inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, titulares del Seguro de Desempleo, del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), pensiones no contributivas por invalidez y la Pensión Universal para el Adulto Mayor, así como beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo para Protección Social.
Para acceder al beneficio, las personas deben acreditar la concurrencia regular de sus hijos, menores a cargo o personas con discapacidad a establecimientos de educación inicial, primaria, secundaria o de educación diferencial, tanto públicos como privados.



