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Anses prorrogó hasta fines de febrero la suspensión del trámite Fe de Vida

Anses prorrogó hasta fines de febrero la suspensión del trámite Fe de Vida
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ANSES informa que se prorroga hasta el 28 de febrero de 2022 la suspensión de la supervivencia / fe de vida para el cobro de las jubilaciones y pensiones de enero y febrero del año próximo. Esto significa que los beneficiarios y beneficiarias no deben concurrir a los bancos para hacer la gestión.

Además, se establece que los titulares residentes en el exterior pueden presentar el certificado de supervivencia semestral ante el banco apoderado a partir del 1º de enero de 2022.

Por otra, parte el organismo anunció que en 2022 van a seguir trabajando para mejorar las oficinas en cada rincón del país.

La medida confirmada a través de la Resolución 277/202, publicada este jueves en el Boletín Oficial: “Prorrogase la suspensión del trámite de actualización de fe de vida por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas, a efectos de garantizarles el cobro de las prestaciones puestas al pago durante los meses de enero y febrero de 2022″.

La suspensión había sido originalmente el 19 de marzo del año pasado con el inicio de la cuarentena a raíz de la pandemia de COVID-19. Con diversas prórrogas, continúo vigente durante todo 2020 y expiraba este viernes 31 de diciembre. En el marco del Aislamiento/Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, el Gobierno había impulsado la medida “con el objetivo de preservar la salud pública, debiendo las personas permanecer en sus lugares de residencia habitual, en especial los adultos mayores, siendo el grupo más vulnerable”. La ANSES vuelve a extender la suspensión en un contexto de aumento exponencial de contagios de coronavirus.

En la resolución firmada por la titular del organismo, Fernanda Raverta, se dispuso que dichas entidades “no podrán exigir la presencialidad de los jubilados y pensionados para realizar el trámite de actualización de fe de vida a partir del 1 de marzo de 2022″.

En tanto, los titulares de haberes previsionales residentes en el exterior deberán presentar el certificado de supervivencia semestral ante el banco apoderado, o ante la ANSES, a partir del 1 de enero de 2022.

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