Desde este lunes 1 de julio, en todo el país, comenzó a regir la receta electrónica, dispuesta a través del Decreto 345/2024.
La receta electrónica modificará la forma de la prescripción de medicamentos y tratamientos por parte de los profesionales de la salud, en búsqueda de mejorar el servicio y seguridad de los pacientes. El Ministerio de Salud estableció un plazo de adhesión, registración y adecuación de 180 días.
El Gobierno Nacional oficializó la creación del Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS) que permite la integración e interoperabilidad de todas las plataformas a nivel nacional. Se formalizó a través de la resolución 1959 del Ministerio de Salud publicado en el Boletín Oficial.
Cabe aclarar que las farmacias seguirán aceptando las recetas en papel y las emitidas en plataformas habilitadas hasta diciembre. Una vez inscriptas en el ReNaPDiS, cada receta estará identificada con un código que permitirá verificar su unicidad en todo el país.
Por su parte, los profesionales de la salud tendrán que registrarse en la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (REFEPS) que verificará las credenciales de los profesionales, permitiendo a los acreditados emitir recetas electrónicas.
El Ministerio de Salud también lanzará el Registro Nacional de Soluciones Informáticas y un Diccionario Nacional de Medicamentos. El registro garantizará que las plataformas utilizadas cumplan con los estándares de seguridad y eficiencia, mientras que el diccionario asegurará la uniformidad en la prescripción de medicamentos a nivel nacional.
También se encuentran disponibles distintos espacios de consulta con modalidad presencial para las provincias, y para la comunidad una línea telefónica 0800 (0800-222-1002), y una casilla oficial de correo electrónico receta@msal.gov.ar.



