El domingo 26 de octubre se llevarán a cabo las Elecciones Legislativas en todo el país.
En las Elecciones Presidenciales de octubre del 2023, el nivel de inasistencia a nivel nacional fue del 22%. Aquellos que se ausentaron, según la Ley, recibieron multas y sanciones, aunque en muchos casos pudieron haber justificado sus ausencias. Ahora, qué pasa con las personas que no lo hicieron.
En caso de que una persona decida no ir a votar y no tiene cómo justificar su ausencia, la multa puede ser de uno de los siguientes valores:
- Primera infracción: $50.
- Segunda infracción: $100.
- Tercera infracción: $200.
- Cuarta infracción: $400.
- Quinta o más infracciones: $500.
Estos montos podrán ser abonados presencialmente en una sucursal del Banco Nación o mediante canales electrónicos, el cupón de pago se imprime desde la página del Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar, ingresando el número de DNI.
Estas sanciones por no votar se aplican en diversos trámites, como la renovación del Documento Nacional de Identidad, obtener el pasaporte o los trámites de jubilación. Incluso, tampoco se podría acceder a ocupar cargos públicos por tres años.
Están habilitados para justificar la ausencia de quienes se encontraban a más de 500 kilómetros del lugar de votación, enfermos o imposibilitados por motivos de fuerza mayor. También pueden justificar los mayores de 70 años o jóvenes de entre 16 y 17 si optaron por no votar.
La gestión online es gratuita y evita tener que asistir a una sede física. El sistema funciona para Elecciones Nacionales y permite subir la documentación necesaria directamente desde el sitio web oficial de la Justicia Electoral: infractores.padron.gov.ar



