La ley establece el derecho a la Educación Ambiental Integral como una política pública nacional que se integrará a todas las currículas de la educación inicial, primaria, secundaria y superior de la Argentina, en todas sus modalidades, así como a espacios no formales e informales de educación.
¿Por qué es tan oportuna la sanción de la ley?
Los modos de relación humana con el ambiente requieren de una urgente reestructuración si se quiere evitar una irremediable y completa degradación del planeta y revertir los daños generados a la actualidad.
Esto no es en absoluto novedoso. Ya en 1972, el Instituto de Tecnología de Massachusetts alertaba que, de mantenerse el ritmo de incremento poblacional, la industrialización, la contaminación, la producción alimentaria y la explotación de los recursos naturales, el planeta alcanzaría los límites de su crecimiento durante los siguientes cien años. En el mismo año, desde la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Humano se planteaba la indefectible necesidad de avanzar en una labor de educación en cuestiones ambientales para la construcción de una sociedad responsable de la protección y el mejoramiento del ambiente.
La pandemia de COVID-19, causante de estragos a nivel mundial, es una de las consecuencias más palmarias de las fatales alteraciones que estamos provocando en el ambiente, y no es arriesgado afirmar que seguirán apareciendo nuevas enfermedades en el corto y mediano plazo, de continuar ejerciendo presiones y devastando los ecosistemas y la biodiversidad.
En el plano nacional, solo en 2020, la pérdida de la biodiversidad presentó cifras dramáticas, principalmente ante el avance avasallador de las actividades extractivas sobre los territorios (forestales, mineras, agrícolas, a más de los incendios intencionales con fines productivos) aún ante la oposición categórica de las poblaciones que los habitan.
Aportes sustanciales de la Ley de Educación Ambiental Integral
En el contexto descrito, forzosamente debemos reflexionar y proponer nuevos esquemas de relación con el entorno, con base en la justicia social y ambiental, que integre las voces de todos los actores de la sociedad (especialmente de los movimientos campesinos y urbanos, de los pueblos indígenas, de los movimientos de jóvenes, de mujeres, entre otros) con miras a la búsqueda e implementación de alternativas al modelo de acumulación y desarrollo imperante, y de soluciones que prioricen la variable ambiental.
En este sentido, la Ley de Educación Ambiental Integral presenta un abordaje educativo que contempla de forma holística las cuestiones ambientales como procesos sociohistóricos, en respeto al patrimonio natural y cultural, con perspectiva de género y de derechos, en reconocimiento de la diversidad cultural y de las culturas indígenas, y que integra múltiples saberes, valores, conocimientos y prácticas.



