El Gobierno Nacional bajó la edad mínima requerida para poder utilizar armas de fuego.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial, Decreto Nº 1081/2024 que establece que desde ahora la edad exigible pasa de los 21 a los 18 años de edad para poder portar y usar armas de fuego.
Según el decreto corresponde unificar las edades de mayoría de edad dispuesta por el Código Civil y Comercial de la Nación con el Decreto-Ley N° 20.429 de Lanusse, que dispone como requisito para adquirir o transmitir por cualquier título, uso, tenencia y portación de armas de uso civil “haber alcanzado la mayoría de edad”.
El Código Civil y Comercial de la Nación en su artículo 25 afirma que la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, modificando el régimen anterior en el que se fijaba en los 21 años. “En virtud de lo expuesto, corresponde modificar el citado artículo 55 de la Reglamentación de la Ley N° 20.429 aprobada por el mencionado Decreto N° 395/75 a efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los 18 años”.
La norma modifica el Decreto Nº 395/75 en su artículo 55, donde hasta hoy la edad exigida autorizada era de 21 años de edad. Esta decisión entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y lleva las firmas del Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos y la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich.
Actualmente, la solicitud de Credencial de Legítimo Usuario de Armas de Fuego para la caza o tiro deportivo u otro modo legítimo requería la edad de 21 años junto con otros requisitos: tener aprobado el examen psicofísico, declarar el domicilio de guarda de armas, certificar inexistencia de antecedentes penales, acreditar idoneidad en el manejo de armas de fuego, presentar medios de vida lícitos, entre otros.