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Elecciones en Jujuy: Como Justificar si no fuiste a Votar

Elecciones en Jujuy: Como Justificar si no fuiste a Votar
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En pleno escenario electoral, en la provincia de Jujuy, las personas que no pudieron asistir a votar, podrán justificar su inasistencia y deberán solicitar una constancia.

En este contexto, las justificaciones por no asistir a votar, varían de acuerdo a ciertos parámetros:

Haber estado enfermo, en un contexto de fuerza mayor, con síntomas graves, podrá ser justificado en términos de servicios de sanidad o a partir de médicos oficiales, provinciales, nacionales y particulares, a través de una constancia explicando dicha incapacidad.

Casos de organismos y empresas de servicios públicos, que por alguna razón, deban realizar tareas que impidan asistir a los lugares de votación durante el  horario electoral. En este caso, el empleador puede comunicar al Ministerio del Interior y Transporte, a la nómina de diez días de anticipación a la fecha de la práctica electoral, con una constancia o certificación de la misma.

Estar a más de 500 kilómetros del lugar donde se encuentra el electorado y la persona pueda explicar y dar razones obvias, que dicho alejamiento, responde a motivos concretos y razonables para no poder asistir a los comicios.

De esta manera, los electores del día domingo 7 de mayo, deberán dirigirse a la comisaría más cercana de su vivienda y solicitar una constancia de justificación del motivo de inasistencia. En este marco, finalizado los comicios electorales en la provincia, el ciudadano deberá dirigirse al Tribunal Electoral de la Provincia de Jujuy, ubicado en calle Lamadrid 147 y presentar su certificado o constancia.

Por otro lado, las sanciones según el Código Electoral de Jujuy, establece, que, quien no asista a los comicios y no justifique su inasistencia ante un juez electoral, a través de los apartados que mencionamos anteriormente, dentro de los 60 días posteriores a la elección, se les impondrán multas que varían entre $50 a $500.

Así mismo, las personas que están exentas a votar en el día de la fecha son:

Los mayores de 70 años.

Los  jueces y auxiliares que, deban asistir a sus oficinas y tengan que mantenerlas abiertas durante la práctica electoral.

Los que se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación, acreditando luego su certificación.

Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, con una constancia comprobada que les haya sido imposible participar del escenario electoral, teniendo en cuenta que los profesionales oficiales estarán obligados a responder al requerimiento del elector enfermo.

El personal de organismos y empresas de servicios públicos, que, por razones que atañen a su cumplimiento, deban realizar tareas que les impida asistir a los comicios.

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