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Eliminaron la obligación de registrar los alquileres 

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler.

La medida fue oficializada a través de la Resolución General 5545/2024 y tiene como objetivo reducir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes, en el marco de la derogación de la Ley de Alquileres.

La resolución explica que “la presente medida contribuye a la constitución de un Estado Nacional a favor del ciudadano, en un marco de simplificación, eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios”.

La AFIP suprimió el requisito de informar todas las operaciones concertadas entre locadores y locatarios ante el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)”, en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, que derogó la ley N.º 27.551 de Alquileres.

Cabe aclarar que la nueva resolución de AFIP no prohíbe que se registren los contratos de alquiler. Establece el método que deberán realizar aquellos contribuyentes que quieran obtener los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias.

A su vez, se publicó la Resolución General 5547/2024, que dispuso la eliminación de la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar, en el servicio SIRADIG, una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación.

Este requisito resultaba necesario para tener acceso a las deducciones del 40% y del 10%, respectivamente, de las sumas pagadas por este alquiler.

 

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