Cada 26 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio.
El 11 de noviembre del año 2009 se promulgó la ley 26.591, que constituyó el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio.
La normativa, promulgada hace 15 años, otorga todos los años este día en carácter de feriado nacional sobre todos los empleados comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75. Por tal motivo, quienes ejerzan sus funciones deberán percibir la remuneración normal de los días laborales más un recargo del 100%.
Los empleados de comercio no perciben bonos o remuneraciones extras por este día, a diferencia de otros sectores como el bancario.



