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La Licencia de Conducir Digital no sustituye al Carnet Físico.

La Licencia de Conducir Digital no sustituye al Carnet Físico.
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El Secretario de Seguridad Vial de Jujuy, Alejandro Marenco, reafirmó públicamente que la Licencia de Conducir Digital, de la aplicación “Mi Argentina”, solamente funciona como un complemento del Carnet de Conducir, físico, que el conductor tiene que llevar consigo de manera permanente.

En este sentido, Marenco sostiene que: “La Licencia Digital es complementaria ante una circunstancia, no reemplaza a la física. La Ley 24.449 establece que es obligación portar la Licencia de Conducir Física”.

Así mismo, el Funcionario recordó que en el Año 2.019 fue se impulsó la Licencia Complementaria pensando en la positiva digitalización, que ya había notado en otras Provincias. Destacando también que, por la Pandemia, durante el 2.020, se hizo una excepción y se las aceptó por las medidas que regían en ese momento.

En este marco, Marenco manifiesta: “A pesar de que se aceptó, había pícaros que hacían capturas de pantalla y cuando se les tomaba en los dispositivos que se tiene el código de barra, la foto no los leía porque no era la original de ‘Mi Argentina”; ya que el Carnet solo funciona con la conectividad total”.

Luego, el Secretario confirma que esa situación solo fue por la Pandemia; ahora en el 2.023 ya se volvió a acatar la medida establecida por la Ley, sobre la obligación de portar la Licencia física y complementaria. Ante un caso de duda o sospecha por falsedad de la misma, se corrobora la veracidad de cada Licencia a través de la Aplicación, es decir, si figura en el Sistema o no.

En caso de manejar sin el Carnet se le quitará 5 puntos en el Scoring y se le establecerá una multa.

¿Qué es el Scoring?

Es el Sistema Unificado de Puntaje para las Licencias de Conducir, establecido en el año 2.011 por el Decreto 437/11, Reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito 24.449; que consiste en la asignación de un puntaje a cada conductor y el descuento de puntos como consecuencia de las infracciones cometidas.

Teniendo en cuenta que se otorgan 20 puntos, inicialmente, a cada conductor que cuente con la Licencia Nacional de Conducir; que, ante un mal accionar tras el volante, se irán perdiendo en función de las Resoluciones Firmes emitidas por las Autoridades Judiciales o Administrativas que juzguen Infracciones de tránsito.

¿Qué pasa si un conductor pierde puntos?

-Pérdida Total: En ese momento, la Licencia quedará inhabilitada por 60 días. La segunda vez que se pierdan todos los puntos, el plazo aumentará a 120 días y la tercera a 180 días.

Luego, el plazo de inhabilitación se irá duplicando, sucesivamente.

-Pérdida Parcial: En este caso, el conductor tendrá la posibilidad de realizar un curso para recuperar 4 y evitar llegar a 0 puntos con su correspondiente inhabilitación.

Los conductores particulares podrán acceder a este beneficio cada 2 años, y los Profesionales podrán hacerlo anualmente.

Asimismo, en este caso, si transcurrieran dos años sin infracciones, luego de la última infracción que restó puntaje, se reestablecerán 20 puntos automáticamente.

Curso para recuperar sus puntos

Sea en cualquiera de los dos casos, podrá restablecer su Licencia, llevando a cabo un Curso Virtual con instancia evaluativa, luego de haber cumplido el tiempo de inhabilitación.

El curso estará orientado a la concientización con el objetivo de modificar las actitudes riesgosas para la convivencia saludable en el espacio público.

 

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