El Gobierno Nacional modificó la Ley Nacional de Tránsito.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial, Decreto 196/2025, producto de un trabajo articulado entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
Entre las modificaciones se encuentra la obligatoriedad de la licencia de conducir digital, la eliminación de las cabinas de peajes y la apertura de las revisiones técnicas obligatorias (VTV), entre otros cambios.
- Licencia de Conducir: Ya no tiene fecha de vencimiento y la renovación es automática. Sólo será necesario renovar el certificado de estado psicofísico del conductor cada cinco años (que serán tres años entre las personas de entre 65 y 70 años, y uno entre los mayores de 70). La licencia titular válida ahora es digital a través de la aplicación «Mi Argentina». Se podrá seguir emitiendo en formato físico, pero no será obligatorio. Se elimina el trámite de «Renovación Inicial» que obligaba a emitir una nueva licencia transcurrido el primer año de habilitación. Se deroga la necesidad de renovar la licencia ante un cambio de domicilio, que se podrá declarar ante la aplicación «Mi Argentina». Se elimina la exigencia de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTi) y el Registro Único de Transporte Automotor (RUTA).
- Señales de tránsito: Se unificó para todo el país el diseño y características de confección de las señales de tránsito. Esto servirá para facilitar la interpretación de señales por medio de dispositivos de asistencia a la conducción, que se utilizan en vehículos con funciones de conducción autónoma.
- Simplificación en la importación de autos: El proceso para importar vehículos ahora será más sencillo. Ya no será necesario tramitar la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA) cuando los vehículos ya se encuentren homologados en los mercados más avanzados. Bastará con presentar las certificaciones internacionales aceptadas para que los vehículos queden automáticamente autorizados para circular en Argentina.
- Libre importación de autopartes: Se elimina toda restricción para importar autopartes de vehículos. Con la entrada en vigor de este decreto, el Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS) deja de ser obligatorio.
- Flexibilización de la Verificación Técnica Vehicular (VTV): Se simplifican las Revisiones Técnicas Obligatorias (RTO), conocidas también como Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Inspección Técnica Vehicular (ITV), según la región. A partir de ahora, siempre que se cumplan los estándares técnicos y de infraestructura, será posible habilitar nuevos lugares privados para realizar estas revisiones, incluyendo concesionarios oficiales y talleres acreditados. Las RTO mantendrán una certificación física, como la oblea tradicional, pero también contarán con un registro digital en la plataforma “Mi Argentina”.
- Conducción autónoma: Se modifica la Ley de Tránsito para autorizar la circulación de vehículos con sistemas de conducción autónoma. Este cambio reconoce que la tarea de conducir no necesariamente debe ser realizada por una persona. En esta fase, la adaptación de la normativa en Argentina simplemente incluye un aspecto que no estaba previsto en las leyes de tránsito actuales, preparando el terreno para cuando esta tecnología se vuelva más común y accesible en el futuro.
- Peajes automáticos: Las rutas nacionales pasarán a contar con peajes sin cabinas y cobro automatizado. Este cambio se aplicará de manera gradual en tres fases. Durante la primera etapa, que se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025, cada estación de peaje deberá contar al menos con una vía equipada con el sistema de cobro automático Telepase. En la segunda fase, con fecha límite al 31 de diciembre de 2026, al menos el 50% de los peajes en las rutas nacionales deberán operar con un sistema de paso libre “free flow” (sin cabinas), mientras que el resto podrá mantener cabinas, pero sin barreras y con pago automático. Por último, para el 30 de junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán funcionar exclusivamente con sistemas “free flow”.



