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Se realizaron 1.640 abortos durante el año.

Se realizaron 1.640 abortos durante el año.
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Se trata a las Interrupciones Legales y Voluntarias del Embarazo (ILE e IVE), el dato fue informado por el Ministerio de Salud de la Nación.

En Argentina, la Interrupción Voluntaria del Embarazo, está Despenalizado Parcialmente sobre la Ley del Aborto, desde diciembre del 2020. Desde enero del 2.021 a septiembre de este 2.022, en Jujuy, se realizaron 3.383 abortos, correspondientes a las Interrupciones por cuestiones Legales, como por motivos personales y voluntarios.

De acuerdo a los reportes, del Ministerio de Salud de Argentina, el año pasado hubo en total 1.743 procedimientos de Intervención del Embarazo; mientras que hasta septiembre de este año suman 1.640.

JUJUY ES LA TERCERA PROVINCIA CON MAYOR TASA DE ABORTOS

Teniendo en cuenta que se ejecutaron el 16,5% Interrupciones de Embarazo, cada mil mujeres en edad fértil. El “Top” se completa con Tucumán, con una tasa de 17,5%, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que reporta 21 abortos cada mil mujeres con capacidad de gestar.

En el otro extremo se encuentra San Juan, con 3,5%; Chaco con 4,6%, y Misiones y Corrientes, presentan una tasa de abortos de 4,7%, con relación a mil mujeres fértiles.

ABORTO: LOS NÚMEROS DEL PAÍS

Durante todo el 2021, se registraron 73.487 Interrupciones de Embarazos en todo el País.

Respecto que, desde enero y hasta el último septiembre de este 2.022, fueron en total 59.267 abortos en el Sistema Público de Salud. Es decir, que, entre Interrupciones Legales y Voluntarias del Embarazo, suman un total de 132.754 Procedimientos en Argentina.

ABORTO LEGAL EN ARGENTINA

La Ley 27.610 regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo, sin ninguna penalización, en Argentina. La normativa precisa que: «Las mujeres y personas con otras Identidades de Género con capacidad de gestar, tienen derecho a decidir, y también a acceder a la Interrupción de su Embarazo hasta la semana 14 del embarazo».
Después de la semana 14 y sin un plazo máximo, la persona Gestante tiene derecho a decidir y acceder al Procedimiento, solo en las siguientes situaciones:

  • Si el embarazo es resultado de una violación. En este caso, se necesita el consentimiento informado ante el Personal de Salud y la Declaración Jurada, donde la persona manifiesta que el embarazo es producto de una violación. Si se trata de niñas menores de 13 años de edad, no se exige Declaración Jurada.
    En ningún caso se podrá exigir Denuncia Judicial o Policial como requisito para el acceso a la Práctica.
  • Si estuviere en peligro la vida, o la salud, de la persona gestante. En esta situación, se necesita el Consentimiento Informado y la Constancia de la Causal, en la Historia Clínica. El peligro para la vida, o la salud, será evaluado y establecido por el Personal de Salud interviniente.

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