El Gobierno Nacional ha dispuesto un ajuste en el esquema de impuestos de la nafta y el gasoil, oficializando una actualización parcial.
A través del Decreto 562/2026, publicado recientemente en el Boletín Oficial, se estableció un incremento efectivo del 1% en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y en el Impuesto al Dióxido de Carbono, replicando la estrategia adoptada desde 2024 de aplicar subas menores al total pendiente para mitigar el impacto inmediato en los precios de surtidor y trasladar el remanente hacia el mes siguiente.
La medida, que lleva las firmas del Presidente Javier Milei, el Ministro de Economía Luis Caputo y el Jefe de Gabinete Diego César Santilli, fundamenta este ajuste parcial en la necesidad de sostener un camino de crecimiento económico con un sendero fiscal equilibrado. Si bien se reconoce la existencia de actualizaciones pendientes acumuladas de los años 2024 y 2025, además del primer trimestre de 2026, el Ejecutivo optó por postergar el grueso de estas obligaciones hasta el 1 de agosto. De esta manera, el cronograma oficial prioriza la gradualidad, dejando para el mes próximo la aplicación completa de los ajustes que originalmente debían haberse reflejado con mayor celeridad.
En términos concretos, la normativa detalla montos específicos por litro para el período comprendido entre el 1 y el 31 de julio. Para la nafta sin plomo —tanto de hasta como de más de 92 RON— y la nafta virgen, el ajuste impositivo suma $21,192 por litro en concepto de Combustibles Líquidos y $1,298 por el Impuesto al Dióxido de Carbono. Por su parte, el gasoil enfrenta un ajuste de $18,959 en el gravamen general, al que se adiciona un componente de $2,161 por el Impuesto al Dióxido de Carbono. Cabe destacar que, para el gasoil, se mantiene un tratamiento diferencial de $10,266 por litro en las provincias de la región patagónica, incluyendo el Partido de Patagones y el Departamento de Malargüe, donde la carga impositiva se ajusta bajo condiciones particulares.
Este sistema de actualización, que se rige bajo los lineamientos del Decreto 501/2018, estipula que los gravámenes deben ajustarse trimestralmente en función de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) reportadas por el INDEC. La gestión, control y recaudación de estos tributos se encuentra bajo la órbita de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Al persistir la estrategia de diferir los remanentes acumulados, el panorama indica que el próximo mes se reevaluará la aplicación de las actualizaciones pendientes que se arrastran desde hace más de un año y medio, en un intento de la administración por balancear la recomposición impositiva con la evolución del mercado de combustibles.



