El Gobierno Nacional puso en marcha un paquete de medidas orientado a dar aire financiero a los sectores productivos de menor escala y a los pequeños contribuyentes.
A través de la publicación de las resoluciones 5923 y 5924 en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero formalizó decisiones previamente anunciadas por el titular del Ministerio de Economía, Luis Caputo, centradas en postergar el accionar judicial de la fiscalía sobre deudas pendientes y en otorgar facilidades para saldar compromisos tributarios atrasados.
Una de las determinaciones centrales radica en congelar hasta el 30 de junio de 2027 tanto la apertura de expedientes de ejecución fiscal como la aplicación de embargos u otras medidas cautelares sobre los activos de los contribuyentes. Esta prórroga abarca específicamente a las micro, pequeñas y medianas empresas alcanzadas en los tramos 1 y 2 que hayan acreditado su condición mediante el Certificado MiPyME actualizado al 29 de octubre de 2026, extendiéndose asimismo a las personas humanas y sucesiones indivisas catalogadas como pequeños contribuyentes. La disposición busca atender un reclamo histórico del sector industrial, cuyos referentes venían advirtiendo que el inmovilizado repentino de fondos bancarios comprometía la operatividad diaria y el cumplimiento del pago de sueldos o insumos a proveedores.
En simultáneo, el ente recaudador reformó el esquema de facilidades de pago fijado a mediados de año para flexibilizar la regularización de pasivos. Con esta modificación, los interesados podrán incluir obligaciones tributarias, aduaneras y de aportes a la seguridad social cuyo vencimiento haya operado hasta el 31 de octubre de 2026, ampliando el margen respecto al límite previo que finaliza en junio. El sistema ofrecerá esquemas de financiamiento en hasta 18 cuotas y mantendrá habilitada la solicitud de adhesión digital a través del portal de la entidad hasta la misma fecha límite a mediados de 2027, precisando que la carga de las nuevas obligaciones vencidas estará disponible operativamente a partir del 16 de noviembre de 2026.
Aunque el paquete normativo apunta a descomprimir la carga sobre las pequeñas unidades productivas tras las intervenciones del ministro en el ámbito empresarial, las resoluciones impositivas fijaron excepciones claras al beneficio. La autoridad tributaria remarcó que mantendrá la potestad de avanzar de manera inmediata en acciones judiciales o trabas cautelares en aquellos expedientes puntuales donde se verifique una afectación de gravedad sobre los recursos fiscales del Estado, o bien cuando existan plazos inminentes de prescripción o riesgo de caducidad de la instancia legal.


